El Observatorio 3 (Junio 2025) 81-98
Las reformas políticas electorales en Tucumán: la
representación política en debate. Período 2006-2025
Electoral Political Reforms in Tucumán: Political Representation
under Debate. Period 2006-2025
Erika Elina Weiss
Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino
erikaweiss16@gmail.com
Resumen: El presente artículo reexiona so-
bre los debates públicos y parlamentarios en
torno a posibles nuevas reformas políticas
electorales en la Provincia de Tucumán. Se
hace principal foco en la representación po-
lítica y su inuencia en la sub representación
del interior provincial y del cupo femenino.
Para ello, se hace un corte histórico desde la
Reforma Constitucional del 2006 hasta la ac-
tualidad. El trabajo busca detectar posibles ejes
de reformas, fundamentados en concepciones
teóricas sobre la democracia, manifestadas en
iniciativas parlamentarias, debates públicos y
posturas políticas. Se considera necesario, para
este n, una aproximación a teorías referentes
a temas como: la democracia representativa, la
democracia delegativa, la soberanía popular, el
rol de los partidos políticos, la paridad políti-
ca y electoral. Saber cuáles de estos principios
fueron tenidos en cuenta por el Poder Cons-
tituyente del 2006 y por los legisladores en el
espíritu de las normas sancionadas, como a
también en el accionar resolutivo de los or-
ganismos de aplicación de la Administración
Electoral Provincial. Partir desde esta base per-
Abstract: is article examines the public
and parliamentary debates surrounding
potential new electoral political reforms
in the Province of Tucumán. It primarily
focuses on political representation and its
inuence on the underrepresentation of
the provincial interior and the female quo-
ta. To achieve this, a historical overview is
provided, spanning from the 2006 Cons-
titutional Reform to the present day. e
study aims to identify potential areas for
reform, grounded in theoretical concep-
tions of democracy, as manifested in par-
liamentary initiatives, public debates, and
political stances. For this purpose, an ap-
proximation to theories concerning topics
such as representative democracy, delega-
tive democracy, popular sovereignty, the
role of political parties, and political and
electoral parity is considered necessary.
It’s important to understand which of the-
se principles were considered by the 2006
Constituent Power and by legislators in the
spirit of the enacted norms, as well as in the
decision-making actions of the provincial
electoral administrations implementing
bodies. Starting from this basis allows for
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mite reexionar sobre temas generales que ata-
ñen a la funcionalidad de un sistema electoral,
la concepción en relación a la representación
política de los parlamentos, el cupo femenino,
la geografía electoral, y el sistema de partidos.
Palabras claves: democracia, agenda política,
representación política, sistema electoral, pari-
dad política, paridad electoral, partidos políti-
cos, mujeres.
reection on general issues pertaining to
the functionality of an electoral system,
the conception of parliamentary political
representation, the female quota, electo-
ral geography, and the party system.
Keywords: democracy, political agenda,
political representation, electoral system,
political parity, electoral parity, political
parties, women.
Introducción
El debate sobre reformas políticas electorales en la Provincia de Tucumán
y las iniciativas parlamentarias fueron, desde el 2006 hasta la actualidad, no-
ticiable en los medios grácos y audiovisuales. La necesidad de reformular el
andamiaje electoral formó parte de los debates en la agenda pública y política
por tratarse de una problemática multicausal; principalmente, por no res-
guardar los derechos políticos de las ciudadanas y ciudadanos, especialmente
el derecho de elegir y ser elegidos.
La historia muestra la ejecución de 5 elecciones provinciales generales; las
mismas motivaron modicaciones menores, sin resolver cuestiones de fondo
que constituyen el articulado del sistema electoral en su conjunto.
Entre las principales problemáticas, que son eje de los debates políticos, se
distinguen las siguientes: el régimen electoral, el régimen de los partidos po-
líticos, la paridad política, los umbrales electorales, el nanciamiento de los
partidos políticos, la distribución en secciones electorales, el nanciamiento
de las campañas electorales, sistema de votación (el debate sobre la boleta
única de papel, o boleta única electrónica), la constitución de la Administra-
ción Electoral de Tucumán, la creación de un Fuero Electoral Provincial den-
tro del Poder Judicial, los delitos electorales y su penalización, la normativa
sobre Ética pública, entre los mas destacados.
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Las reformas políticas electorales en Tucumán: la representación política en debate. Período 2006-2025.
Pero la reforma política encuentra una dicultad signicativa, la necesi-
dad de reforma total o parcial de la Constitución para eliminar de su articu-
lado el sistema electoral vigente.
Dicho debate se ha fundado en la necesidad de mejorar la calidad institu-
cional de la democracia y subsanar los efectos no deseados del actual sistema
electoral sobre la representación política, como la subrepresentación territo-
rial y de género.
El actual régimen electoral generó una alta dispersión del voto por la can-
tidad de partidos políticos en competencia electoral y sus implicancias en la
representación política y la gestión de políticas públicas.
Según el caso, las características y dinámicas de la tipología del sistema
de partidos fue cambiando según las elecciones y en los diferentes cargos en
disputas.
Para las elecciones a gobernador y vicegobernador, el pluripartidismo
del sistema de acoples, terminó con el bipartidismo de dos frentes o alianzas
electorales. En tanto para las categorías a Intendentes en los 19 municipios,
las ofertas electorales oscilaron entre 5 a 10 candidatos por cada jurisdicción.
Lo más complejo son las categorías a legislador y concejal; el multipartidis-
mo, provocó una dispersión del voto y un menor grado de representatividad.
Esta situación se entrecruza con la necesidad de repensar las secciones
electorales para la elección de legisladores provinciales; dado que la base de
representación es poblacional y el crecimiento demográco modicó el peso
electoral en relación a la representación legislativa.
Otro tema transversal a la materia electoral, como se viene mencionando,
y que contribuye a mejorar la calidad de la democracia representativa, es la
paridad política-electoral. Esta demanda constante de participación igualita-
ria se fundamenta en históricos reclamos e iniciativas concretas (leyes, pro-
yectos e investigaciones), como ser, la Ley de Cupo femenino (integración del
30 % de las listas, en el caso de Tucumán).
En este contexto de debate, el interrogante disparador es si la paridad po-
lítica y paridad electoral es igualmente importante a otros temas electorales
en el debate público.
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Aportes conceptuales para la reforma política-electoral
En los fundamentos de las democracias representativas actuales, la legiti-
midad de origen y de ejercicio se basa en el poder soberano del pueblo y es la
representación política que articula el vínculo entre representantes y repre-
sentados. De esta manera, los sistemas electorales y los sistemas de partidos,
estructuran de mejor o peor manera el proceso de representación política.
En los tiempos que corren, especialmente en la democracia argentina y en
los gobiernos subnacionales, la representación política está en debate junto
a los sistemas electorales. Es así como se considera necesario abordar con-
ceptualmente el término de representación política y sus implicancias en la
gestión de gobierno.
Según expresa Sartori (1999)
La representación está necesitada de defensa, y ésta es, ciertamente, mi hi-
tesis. Todas las democracias modernas son, sin duda y en la pctica, democra-
cias representativas, es decir, sistemas poticos democráticos que giran en torno
a la transmisión representativa del poder. Y, no obstante, hay una tendencia
creciente de opinión (tanto de masas como entre los intelectuales) que postula
lo que llamo (en italiano) direttismo, es decir, directismo, con la consiguiente
relegación de la representación a un papel menor o, incluso, secundario. (p. 2)
La representación política es caracterizada como imprescindible e irre-
nunciable. El autor italiano maniesta que “ante ello, mi postura es que la
representación es necesaria (no podemos prescindir de ella)” (p. 2).
La crisis de representatividad de los partidos políticos y los fenómenos
de subrepresentación, fruto de las dinámicas de los sistemas electorales, son
actualmente un marco para analizar en el caso tucumano.
En tal sentido, Sartori declaró que
Las instituciones representativas nos decepcionan, sin duda; pero estos
fallos son en gran medida reejo de nuestro propio desconocimiento de
lo que la representación debe y puede hacer y, en contraposición, no pue-
de hacer… Si esto es así, nos encontramos ante una cuestión altamente
prioritaria sobre la cual hay buenas razones para llamar la atención, como
en esta ocasión, a los órganos representativos. (1999, p. 2)
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Con el n de traer claridad en el análisis de las reformas electorales, es
menester sustentar el concepto de representación y sus valoraciones teóricas.
Sartori (1999) explicó que
El signicado originario de la “representación” es la actuación en nombre
de otro y en defensa de sus intereses. […] La exigencia de que el Parla-
mento sea un reejo del país y, en sentido contrario, las quejas por su falta
de “representatividad” se basan en este signicado del término “represen-
tación. (p. 2)
En este sentido, tal como propone el autor italiano, la representación polí-
tica implica, inevitablemente, una relación de muchos con uno, en la cual los
muchos” suelen ser la magnitud de las cifras.
La literatura especíca en la materia destaca la unión entre democracia y
representación política; los dos conceptos “actúan de forma coordinada, sin
importar las particularidades de cada estructura política y los procesos elec-
torales. Tanto democracia y representación se vinculan con el ordenamien-
to social y la distribución de poder entre los gobernantes y los gobernados
(González Díaz, 2023, p. 32).
El autor centra su planteo en una incógnita disparadora, ¿cómo afecta a
la representación democrática la amplitud de interpretaciones? Tamaña “im-
precisión” vuelve endeble la solidez del mismo sistema democrático. Remar-
ca que,
La amplitud del uso que tiene el concepto democracia impacta sobre la
legitimidad de las estructuras sociales existentes, deslegitimando los ca-
nales institucionales habilitados para encauzar las demandas que recibe
el sistema. […] Los sistemas de representación son organizaciones insti-
tucionales que buscan “traducir o transformar” la voluntad electoral en
representantes, encargados de ltrar las pasiones sociales y racionalizar
la toma de decisión en las esferas del poder. (González Díaz, 2023, pp.
32-35)
Según Easton, en relación a los sistemas políticos y el rol de los partidos
y sus representados, “el objeto de análisis de lo político se desplaza desde
las acciones de los actores en torno a la constitución de la sociedad, hacia el
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análisis de los procesos y procedimientos que permiten la continuidad del
funcionamiento del sistema político” (Easton, como se citó en Orjuela, 2018,
p. 378). En este sentido los procesos y normativas del sistema político de-
terminan la constitución de una democracia que garantice la representación
política igualitaria y equitativa.
La politóloga María Sol Weiss (2025), en un informe presentado ante el
vicegobernador Miguel Acevedo y la Mesa de Paridad de Tucumán, aportó
deniciones en relación a la representación política de las mujeres:
Según la Organización de Naciones Unidas, la Paridad Política se dene
como la representación política de mujeres y hombres en la toma de de-
cisiones políticas y en los cargos públicos garantizando que ambos sexos
tengan igualdad numérica, la igualdad de oportunidades y la representa-
ción equitativa de ambos sexos en todos los niveles de gobierno y en los
diferentes órganos políticos. [s./p.]
En relación al fundamento jurídico de la representación política paritaria,
se destaca que en nuestro país estos derechos políticos están en el art. 37 de
la Constitución Nacional y en los Tratados de Derechos Humanos con rango
constitucional, incorporados mediante el art. 75 inc. 22 y 23, donde se hace
alusión a grupos especiales, como las mujeres, que fueron históricamente
vulnerados en sus derechos humanos. Agrega que “el Estado está obligado a
garantizar, proteger y respetar sus derechos, velar por su igualdad y por la no
discriminación mediante medidas positivas.
El concepto de Paridad Electoral es un conjunto de normativas y medidas
por las cuales mujeres y hombres, de manera igualitaria y equitativa, tienen
las mismas oportunidades para ser candidatos a cargos electivos con posibi-
lidades equitativas de salir electos.
Por su parte, Giovanni Sartori remarcó como un atributo denitorio en
relación a los partidos políticos: la necesidad de que los partidos estén iden-
ticados formalmente y puedan diferenciarse de otros grupos activistas me-
diante la apelación a símbolos particulares. Para él, un partido es “cualquier
grupo político identicado con una etiqueta ocial que se presenta a las elec-
ciones y puede sacar en elecciones (libres o no), candidatos a cargos públicos
(1980, p. 91).
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Las reformas políticas electorales en Tucumán: la representación política en debate. Período 2006-2025.
En todos los casos no caben dudas que la principal característica de los
partidos es que son instituciones políticas que vinculan al Estado con la so-
ciedad civil.
En el caso del sistema de partidos políticos en Tucumán, esa función de
mediación se ve frustrada en muchos casos. La falta de internas partidarias
en casi todos los partidos, frentes y alianzas electorales, ocasiona que la orga-
nización de las candidaturas se dirima por acuerdos internos, como respues-
tas para incluir partidos de muy diversos orígenes históricos-ideológicos y
con poca participación de sus bases.
La Constitución de la Provincia de Tucumán (2006) otorga a los partidos
políticos rango constitucional, deniéndolos como instituciones fundamen-
tales del sistema democrático. Los partidos políticos son mediadores entre
representantes y representados.
En la sección “Bases del Régimen Electoral”, a partir del Art. 43, se garan-
tiza el pleno ejercicio de los derechos políticos con arreglo al principio de la
soberanía popular y a las leyes. Determina que es el Poder Legislativo quien
dictará una ley sobre el sistema electoral” y marca los principios a los que
debe sustentarse. Al mismo tiempo, dene operativamente a la representa-
ción política en términos electorales, y sostiene que la misma “tiene por base
la población y, con arreglo a ella, se ejercerá el derecho electoral.
Desde otra perspectiva Javier Ghio aporta su valoración sobre la necesi-
dad de en las democracias representativas, y destaca la necesidad de com-
prender que el control de los representantes sobre los representados no es
exclusivamente a través del voto ni de la participación directa por parte de
la ciudadanía. Es así como la representación política, los partidos políticos
y los poderes del estado se entrelazan con la sociedad civil, transparentando
los procesos electorales, fomentando la participación en partidos políticos e
informando del accionar de los poderes del Estado.
La reforma político-electoral en debate
El andamiaje normativo fue determinante en el establecimiento del ré-
gimen electoral y sus efectos sobre la representación política, especialmente
en torno al fenómeno de subrepresentación de los ciudadanos del interior y
la subrepresentación de las mujeres, y la falta de medidas para garantizar sus
derechos políticos.
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En el período estudiado, el debate de las reformas políticas se enmarcó en
la posibilidad de una reforma de la Constitución Provincial y en la búsqueda
de consensos sobre reformas o modicaciones a nivel legislativo.
Para repensar los límites constitucionales para una Reforma Política y
Electoral, Pedicone de Valls (2019) plantea conceptos sobre el valor de las
constituciones y sus posibles reformas.
Las constituciones se crean para perdurar, pero sabemos que el poder
constituyente de un día no puede condicionar al poder constituyente del
futuro; es decir, la constitución no debe entenderse como ley eterna, y
una generación no puede someter a sus leyes a generaciones futuras. Los
textos constitucionales deben adaptarse a las necesidades políticas gene-
racionales y, como norma fundamental del Estado, deben integrar a la
mayoría social más amplia posible, a la vez que debe ser el mejor símbo-
lo del pluralismo, el mejor fruto del diálogo y la mejor interpretación de
toda la sociedad.
Asimismo explica que “los grados de exibilidad de las constituciones
para ser reformadas se fundamentan en la necesidad de que las instituciones
se adapten a las nuevas circunstancias sociopolíticas. Pedicone (2019) sostie-
ne que es posible abordar una reforma constitucional como una redistribu-
ción asimétrica del poder según los actores políticos intervinientes en dicho
proceso de reformas.
Las reformas constitucionales son un cambio en las reglas de juego polí-
tico de los escenarios, los jugadores y sus intereses, y de los derechos de los
representados. Estas reglas no son neutrales, y los beneciados son aquellos
que ocupan los cargos políticos en virtud de las leyes preexistentes o de los
partidos opositores que no tiene la presión de la gestión del Estado y sus
desafíos.
Está dinámica se presenta también en el caso de reformas políticas electo-
rales que se debaten en Tucumán.
La democracia representativa y sus posibilidades de reforma político elec-
torales, también pone en discusión la gestión de los procesos electorales y
su legitimidad. Es por ello, que la Justicia Electoral es un eje de debate a ser
abordado.
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Las reformas políticas electorales en Tucumán: la representación política en debate. Período 2006-2025.
En Historia del Poder Electoral en Tucun 1565-2006, Montilla Zavalía
realiza un recuento de las modicaciones en la conformación y funciones de
autoridad electoral en la provincia de Tucumán, y sus implicancias sobre la
gestión de los procesos electorales de la provincia.
Cabe destacar que en el año 2006 se modicó la Constitución otorgando
rango constitucional al organismo. El artículo 43, inciso 14 dispone:
La Junta Electoral tiene su asiento en la Capital de la Provincia y está inte-
grada por el presidente de la Corte Suprema, el Vicegobernador y el Fiscal
de Estado de la Provincia. La misma tendrá a su cargo la dirección de los
procesos electorales que se convoquen, de acuerdo a las normas de esta
Constitución. Para ello, contará con las facultades que por ley se establez-
can en el sistema electoral.
En paralelo, la Legislatura provincial sancionó una nueva Ley de Régimen
Electoral (Ley 7876), que junto a la Ley 5454 y la Ley de Partidos Políticos (y
modicatoria), más las reglamentaciones de la Junta Electoral Provincial, se
construyó el actual andamiaje normativo.
Durante el período 2006-2024, el régimen electoral fue estructurando
un sistema de partidos políticos que, en la teoría política de Giovanni Sarto-
ri, puede ser categorizada como sistema de pluralismo polarizado, con una
lógica de atomización de electorado y una merma en la representación polí-
tica efectiva.
Loiza Coronel sostiene que la importancia de los acuerdos parlamenta-
rios son prácticas o usos para el manejo de información y construcción de
consensos entre diversas fracciones parlamentarias (como se citó en Mata,
Coaña y Díaz Herrera, [s.f.], p. 289).
En relación a la construcción de agendas legislativas, José de Jesús Ramí-
rez Macías (2021), conceptualiza que
En el ámbito legislativo, el dispositivo agenda adquiere su potencia como
elemento orientador y ordenador de la acción institucional de los Congre-
sos, al conectar la acción parlamentaria con los proyectos legislativos, que
buscarán responder a las necesidades y requerimientos sociales. (p. 20).
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El autor agrega que el papel estratégico en la organización del trabajo le-
gislativo lo ubica como un instrumento organizativo-político necesario en la
fase crucial de diseño de políticas y proyectos de iniciativas. Resulta un re-
curso complementario a la función de control de la gestión y del desempeño
al interior de este ámbito.
Por otro lado, en relación al debate en materia de derechos de las mujeres
en el ámbito parlamentario, Evangelina Gara Prince (2010) destaca el au-
mento en tendencias en América Latina y el Caribe en relación con factores
inuyentes en algunos avances constitucionales, legales e institucionales, en
el logro de la igualdad y la no discriminación de las mujeres en los derechos
ciudadanos.
En relación a las legislaciones provinciales en todo el país, que garantizan
los derechos políticos de las mujeres mediante leyes de paridad, Tucumán es
la única provincia sin Ley de Paridad.
En la Honorable Legislatura de Tucumán se presentaron 13 proyectos re-
ferentes a la temática. A estos se suman dos anteproyectos. En la última dé-
cada, del total de los proyectos de ley, once son sobre paridad política. Todos
incluyen la conformación de las listas con candidaturas compuesta por un 50
% de lugares de mujeres y 50 % de varones, con diversas posturas sobre los
tipos de reemplazo en casos de corrimientos por diversos motivos.
Los diferentes encuentros, foros y espacios de debates académicos y políti-
cos fueron instancias de participación ciudadana en búsqueda de consensos.
En este sentido los textos, informes y presentaciones de diversas organiza-
ciones sociales, mesas de diálogo, partidos políticos, universidades, obser-
vatorio políticos e institutos de investigación académica y colectivos (Mesa
de Paridad Política de Tucumán, la Red de mujeres concejalas de Tucumán),
dieron cuenta de diversas instancias de diálogos institucionales impulsado
por diversos actores políticos y sociales.
La búsqueda de consensos desde lo institucional fue impulsada por el Po-
der Ejecutivo Provincial durante el periodo estudiado, y fueron realizados a
través de dinámicas participativas. Una de estas propuestas de diálogo fue el
denominado “Tucumán Dialoga.
En el año 2016, el Gobierno de la Provincia de Tucumán propuso la rea-
lización de la “Mesa de encuentro para la reforma política” (Tucumán Dialo-
ga), donde se trabajaron propuestas, aportes institucionales e informes técni-
cos para la reforma política.
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Las reformas políticas electorales en Tucumán: la representación política en debate. Período 2006-2025.
En el mismo sentido, la “Mesa de Diálogo Tucumán, fue convocada por
el Arzobispo Mons. Carlos Sánchez y la Pastoral Social, en Abril del 20201.
Sus objetivos fueron ofrecer un ámbito de diálogo social y aportar en la
búsqueda del bien común en temas como: encontrar y concretar momentos
de diálogo común, presentar proyecto de ley de acceso a la información pú-
blica, propuestas para normas de integración del C.A.M., proyecto de Ética
Pública.
El 6 de junio de 2023 se realizó en el Arzobispado de Tucumán la rma del
Acta Compromiso, con los Candidatos a gobernador y vice de cinco frentes
electorales: Frente Amplio por Tucumán; Fuerza Republicana; Frente de To-
dos; Juntos por el Cambio y Nos une el Cambio; también fue rmada por los
obispos Sánchez, Ferrari y Rossi, por los referentes de las Instituciones de la
Mesa de Diálogo y la Pastoral Social.
En el Acta Compromiso se expusieron puntos relevantes para una futura
reforma política como: cuidar y proteger la democracia, combatir la pobreza
y la exclusión, trabajar por la ética y transparencia en la cosa pública, luchar
contra la corrupción y la impunidad, fortalecer una educación inclusiva e
integral, cambio del sistema electoral, y la austeridad en la gestión del Estado.
En las conclusiones mencionaron trabajar en los siguientes: la formación
de valores y ética desde la escuela primaria, la aprobación de la Ley de Acceso
a la Información Pública, una buena reforma electoral y política que brinde
oportunidades a todos, y lograr la boleta única.
El debate legislativo
En el análisis de los proyectos con estado parlamentario, los proyectos de
ley se presentaron durante el periodo mencionado que perdieron estado par-
lamentario o fueron rechazados, los antecedentes, normativas comparados y
1
Los integrantes fueron: Universidad Nacional de Tucumán (UNT), Sociedad Rural de Tucu-
mán (SRT), Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresas (ACDE), Universidad del Norte
Santo Tomás de Aquino (UNSTA), Fundación León, Solidarios en Red, Mesa Interreligiosa
de Tucumán, Confederación General del Trabajo, Deleg. Tucumán. (CGT), Universidad Tec-
nológica Nacional, Fac. Regional Tucumán (UTN), Central Trabajadores Argentinos, Deleg.
Tucumán (CTA), Federación Entidades Profesionales de Tucumán (FEPUT), Cluster Tecno-
lógico, Pastoral Social Arquidiocesana, profesionales Facilitadores del Diálogo, Federación
Económica De Tucumán (FET), Universidad San Pablo-T (U.S.P.T), Unión Industrial Argen-
tina Tuc. (U.I.A.).
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trabajos teóricos, son la materia de estudio para un debate profundo sobre la
representación política y su posibilidad de reformarse. Y brinda sus soportes
para un proceso participativo en la Legislatura provincial y en el trabajo de
comisiones y en el debate público con la sociedad civil.
Desde la Presidencia de la Legislatura, el vicegobernador Miguel Acevedo
manifestó que se agruparon los temas de reformas en cinco ejes fundamen-
tales: reducción o eliminación de los acoples, uso de boleta única electrónica,
paridad de género en las listas, reforma de la ley de partidos políticos y crea-
ción de un fuero electoral.
En tanto, la comisión de Legislación General de la Legislatura informó
que son 31 proyectos de ley los que cuentan con estado parlamentario.
Según los ejes abordados, se destaca que 41 iniciativas buscarán modicar
la Ley 5454, abarcando subtemas como paridad política, requerimientos para
la conformación de los partidos políticos, nanciamiento, campañas electo-
rales, cha limpia, entre otros.
En una primera aproximación a proyectos de ley que proponían modi-
car el régimen electoral bajo la Ley 7876, se calculan 64 iniciativas en todo el
período estudiado. Se destaca que los años en que más propuestas se presen-
taron fueron 2018 con 9 iniciativas, 2022 con 8 iniciativas y el año 2024 con
14 proyectos de ley propuestos.
Las propuestas de modicación de la Ley 7876 abordan diversidad de te-
mas: paridad electoral para cargos legislativos, paridad política, licencia de
candidatos, campañas electorales, sistema de votación, organismo electoral.
Se destaca la presentación de iniciativas para la implementación de boleta
única de papel, boleta única electrónica y voto electrónico, como así también
iniciativas tendientes a modicar las normativas sobre Ética pública y Trans-
parencia electoral, modicaciones en composición de la Junta Electoral de
Tucumán, y la propuesta sobre la creación de un fuero electoral. Esta última
breve reseña da cuenta del debate parlamentario y los antecedentes.
Conclusión
Debatir propuestas legislativas implica, primeramente, tener un ideal de
democracia y una perspectiva sobre el fortalecimiento de los partidos polí-
ticos. Este debate sobre los principios dene el perl de representación po-
lítica, considerando la representación territorial con base en sus habitantes
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Las reformas políticas electorales en Tucumán: la representación política en debate. Período 2006-2025.
de forma equitativa y mejorando la equidad de los derechos políticos entre
hombres y mujeres.
El debate parlamentario, a puertas abiertas, con la sociedad civil y los par-
tidos políticos, las universidades e instituciones intermedias, mesas de diálo-
go y colectivos sociales que promueven los derechos políticos de las mujeres,
permitirá enriquecer y consensuar las miradas sobre la democracia que la
provincia aspira a fortalecer.
La crisis de representación que ocasionó el sistema de acoples en Tucu-
mán demuestra la necesidad de concretar una ingeniería institucional, en la
cual la interpretación de la voluntad popular se vea representada elmente
en la distribución de escaños y en la representación política de las mujeres
tucumanas.
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